Desarrollamos las competencias de su equipo en seguridad, salud y medio ambiente. Capacitaciones que cumplen la normativa y transforman la cultura preventiva de su organización.
Cada servicio está diseñado para cubrir un área crítica del desarrollo de su equipo. Trabajan juntos o por separado.
Programas de capacitación en seguridad y salud en el trabajo alineados con el plan anual obligatorio del Decreto 255. Modalidad presencial, virtual o híbrida.
Ver servicio →Programas de transformación cultural: de la cultura reactiva a la proactiva. Liderazgo visible, reporte de incidentes, observaciones de seguridad y reconocimiento.
Ver servicio →Actividades de integración y fortalecimiento de equipos con enfoque en trabajo colaborativo, comunicación efectiva y resolución de conflictos.
Ver servicio →Diagnóstico de clima laboral, gestión del cambio, diseño de competencias y planes de carrera alineados con los objetivos estratégicos de la organización.
Ver servicio →El Art. 4 num. 15 del Decreto 255 exige un plan anual de capacitaciones en SST con registros de asistencia. No basta con capacitar: se debe demostrar que los trabajadores comprendieron y aplican lo aprendido. La ausencia de registros es una no conformidad sancionable.
Todo trabajador nuevo debe recibir inducción en SST antes de iniciar sus funciones. Los trabajadores que cambien de puesto o estén expuestos a nuevos riesgos deben recibir formación específica. Los miembros del comité paritario deben completar capacitación e-learning del MDT.
Las empresas con programas de cultura preventiva documentan hasta 60% menos incidentes en el primer año. La capacitación no es solo un requisito legal — es la herramienta más costo-efectiva para reducir accidentes, ausentismo y rotación.
El Decreto 255 no establece un número mínimo de horas, pero sí exige un plan anual de capacitaciones con registros de asistencia y evidencia de comprensión. En la práctica, recomendamos un mínimo de 20 horas anuales por trabajador, distribuidas en temas relevantes según el perfil de riesgo de cada puesto.
Sí, siempre que se demuestre la participación efectiva del trabajador. El MDT acepta registros de plataformas e-learning con evidencia de completación. Sin embargo, temas como uso de EPP, evacuación y primeros auxilios requieren componente práctico presencial. SISOA ofrece modalidad híbrida para cubrir ambos requisitos.
Si el IESS determina que el accidente ocurrió por falta de capacitación del trabajador, la empresa asume responsabilidad patronal. Esto significa que debe pagar todas las prestaciones del IESS (atención médica, subsidios, indemnizaciones) más las multas del MDT. El registro de capacitación es la primera línea de defensa legal.
Diseñamos un plan de capacitación a medida para su empresa. Sin compromiso. Le presentamos un programa alineado con su perfil de riesgo y las obligaciones del Decreto 255.